A & S Business Consultancy SAC comenta que el Decreto Supremo N.° 302‑2025‑EF marca un hito en la regulación peruana de precios de transferencia al desarrollar por primera vez un marco específico para los denominados “otros métodos” de valoración. La norma, publicada el 17 de diciembre de 2025, ajusta el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta para diferenciar claramente los métodos tradicionales (numerales 1 al 6 del artículo 32‑A) de los métodos alternativos previstos en el numeral 7), pensados para operaciones complejas, intangibles y situaciones sin comparables fiables.
El nuevo artículo 113‑B exige que estos “otros métodos” se sustenten en mejores prácticas internacionalmente aceptadas, incluyendo las Normas Internacionales de Valuación del International Valuation Standards Council, y que el informe técnico contenga, como mínimo, la misma información exigida por dichos estándares al 31 de enero de 2025. Además, el contribuyente deberá demostrar la necesidad de apartarse de los métodos clásicos, justificar la elección del método alternativo como el más apropiado y conservar documentación suficiente para afrontar eventuales procesos de verificación o fiscalización por SUNAT.
En este contexto, A & S Business Consultancy SAC ofrece asesoría especializada para definir cuándo corresponde aplicar métodos tradicionales u “otros métodos”, diseñar modelos de valoración alineados con normas internacionales y elaborar informes técnicos robustos que resistan una revisión detallada de la administración tributaria. Nuestro equipo acompaña a las empresas en la implementación práctica del Decreto Supremo N.° 302‑2025‑EF, desde la planificación de operaciones intragrupo hasta la defensa técnica en procedimientos de fiscalización.